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Cooperativas de trabajo para J! Freelance

Cooperativas de trabajo para J! Freelance

En en mundo de la creación de sitios web con Joomla, hay muchas personas que realizan pequeños trabajos fuera de las horas de su trabajo habitual, o estando desempleado. Para estas personas es ideal la posibilidad de trabajar de forma legal y sin los costes económicos y papeleos, mediante la figura jurídica de las cooperativas de trabajo asociado para “Freelance”.

La solución es sencilla, se trata de unidades de servicios para los socios de la cooperativa de trabajo asociado. Es ideal para personas que realizan esporádicamente trabajos, tanto trabajadores por cuenta ajena, como desempleados, cuya remuneración anual no supere los 14.400€ (a partir de esta cantidad suele ser más rentable darse de alta como autónomo).

Esta posibilidad se contempla dentro de la legislación española, pero en el resto de países seguro que hay una posibilidad similar en la que se puedan acoger los desarrolladores y diseñadores que trabajan como "freelance", como suele suceder en entidades colaborativas como es Joomla!, asociaciones, consorcios, etc. Estaría bien que los lectores de este artículo, que viven en otros países que no son España, incluyeran en los comentarios soluciones para los países en que viven, y así tener un abanico más amplio donde estar en la legalidad realizando sitios web con Joomla! como freelance.

¿Como funcionan?

La cooperativa da de alta al socio en el régimen general de la Seguridad Social los días que éste le indica que va a trabajar y posteriormente le da de baja. La cooperativa factura al cliente en nombre del socio y cobra un porcentaje en torno al 6% de los honorarios. El socio cobra directamente del cliente y a final de mes tiene un recibo de la cooperativa donde se le cobran los gastos de gestión, el coste de la Seguridad Social y una retención a cuenta del impuesto de sociedades del ejercicio.

De esta manera se puede conseguir estar trabajando dentro de la legalidad en la actividad que a uno le gusta, cobrándolo y tributando adecuadamente, dejando los trámites burocráticos para que los haga un tercero.

Además, como los ingresos son rendimientos del trabajo, tributan en el impuesto de la renta igual que las nóminas o percepciones por desempleo, por lo que su declaración no tiene ninguna complejidad.

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